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Preguntas rápidas

  • ¿Por qué caen tanto las transferencias de capital?
  • ¿Por qué caen tanto las transferencias de capital?

  • ¿Cómo se financiarán las inversiones?

  • ¿Cuáles son los principales convenios con la Generalitat?

  • ¿En qué se diferencia un impuesto de una tasa?

  • Otras preguntas

¿Por qué caen tanto las transferencias de capital?

¿Cómo se financiarán las inversiones?

¿Cuáles son los principales convenios con la Generalitat?

¿En qué se diferencia un impuesto de una tasa?

¿Han aumentado los impuestos directos?

¿Cómo se financia el ayuntamiento?

¿Cuál es el principal impuesto municipal?

¿Cuánto se recaudará con el impuesto sobre los pisos vacíos?

¿Qué impacto tienen las bonificaciones fiscales?

¿Qué recursos generan los depósitos bancarios?

Las transferencias de capital se reducen en un 83,2% con respecto a 2025. Se trata principalmente de subvenciones de otras administraciones y, en parte, se debe a que la ayuda europea Next Generation finalizó ese ejercicio financiero. Sin embargo, en realidad, la cifra presupuestada es provisional, ya que no incluye las subvenciones solicitadas para el pabellón Nou Congost, el Pla de Barris y la continuación de las obras de la Fàbrica Nova, estimadas en 40 millones de euros y sin resolver en el momento de la aprobación del presupuesto.

El 71% de los 15,6 millones de euros asignados a inversiones se financiará mediante crédito, es decir, mediante préstamos.

El Ayuntamiento de Manresa recibe recursos de la Generalitat a través de convenios para ayudar a financiar determinadas políticas. Principalmente, los convenios para servicios sociales suman 4,4 millones, los convenios educativos aportan 1,6 millones y los de ocupación, 2,8 millones.

Los impuestos gravan la riqueza, la propiedad, el consumo u otros elementos para financiar una institución, mientras que una tasa está destinada a financiar un servicio o uso concretos (como la gestión de residuos, la ocupación de vía pública con terrazas, la expedición de documentos…).

El principal impuesto municipal directo es el impuesto sobre la propiedad, muy por encima del impuesto sobre las actividades económicas y el impuesto sobre el volumen de negocios. Han crecido, pero menos que las demás partidas y, de hecho, la proporción de los impuestos directos es la segunda más baja de los últimos quince años del presupuesto de ingresos.

El Ayuntamiento regula y recauda algunos impuestos municipales (especialmente el IBI) y varias tasas y precios públicos, también recibe recursos del gobierno del Estado, la Generalitat , la Diputación o el Consell Comarcal y finalmente todavía puede ingresar por venta de patrimonio o cobros de deudas.

El impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana es el gran tributo de los ayuntamientos. En el caso de Manresa, le permite recaudar unos 4,4 millones anuales, casi dos de cada tres euros ingresados ​​a través de impuestos.

El impuesto sobre bienes inmuebles prevé un recargo para penalizar la tenencia de viviendas vacías. Los ingresos presupuestados procedentes de esta fuente ascienden a 136.000 euros en 2026.

Las medidas fiscales que bonifican ciertos tributos y tasas o que eximen de pagarlas a ciertos contribuyentes reducen la potencial recaudación en 4,4 millones. Sobre todo caen en 2,1 millones los ingresos del IBI urbano, pero también bajan en 571.000 euros por la tarificación social.

El Ayuntamiento ingresará unos 800.000 euros el 2026 por el rendimiento de sus depósitos bancarios.


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Navega por los diferentes niveles de desagregación y detalle de los ingresos haciendo clic en los símbolos más y menos de la izquierda (en la distribución económica). Y al hacer clic en el icono de la última columna, verás cómo han evolucionado en los últimos años.

Il·lustració amb dades a lupa

Selecciona cómo deseas que se organice la información y aparecerá en una tabla a continuación.

1 Tipo
  • Presupuesto
  • Ejecución
2 Distribución de las partidas
  • Por ámbito
  • Económica
Partida
Cantidad total (y por 1.000 habitantes)
Evolución anual
Porcentaje total de ingresos
  • IBI urbano
  • 29.436.000,0 €  (367.027,8 €)
  • 1,7%
  • 23,1%
  • Transferencias del Estado
  • 24.490.591,0 €  (305.365,2 €)
  • 9,4%
  • 19,2%
  • Otras tasas
  • 15.995.047,0 €  (199.437,0 €)
  • -19,4%
  • 12,5%
  • Préstamos
  • 11.292.963,0 €  (140.808,3 €)
  • -20,3%
  • 8,9%
  • Transferencias de la Generalitat
  • 10.568.401,0 €  (131.773,9 €)
  • 6,7%
  • 8,3%
  • Tasa de residuos
  • 8.900.000,0 €  (110.971,2 €)
  • -4,0%
  • 7,0%
  • Otros impuestos
  • 5.940.625,0 €  (74.071,7 €)
  • -5,3%
  • 4,7%
  • Impuesto sobre actividades económicas
  • 5.250.963,0 €  (65.472,5 €)
  • 1,4%
  • 4,1%
  • Impuesto sobre la plusvalía
  • 4.740.000,0 €  (59.101,5 €)
  • 9,5%
  • 3,7%
  • Impuesto de circulación
  • 4.160.000,0 €  (51.869,7 €)
  • 0,0%
  • 3,3%
  • Transferencias de entes públicos
  • 2.719.106,0 €  (33.903,6 €)
  • -15,0%
  • 2,1%
  • Impuesto sobre construcciones
  • 1.770.000,0 €  (22.069,6 €)
  • -18,8%
  • 1,4%
  • Otros ingresos
  • 1.487.438,0 €  (18.546,4 €)
  • 35,6%
  • 1,2%
  • Otras transferencias
  • 393.640,0 €  (4.908,2 €)
  • -89,9%
  • 0,3%
  • Tasas por servicios públicos
  • 339.000,0 €  (4.226,9 €)
  • 2,7%
  • 0,3%
Partida
Cantidad total (y por 1.000 habitantes)
Evolución anual
Porcentaje total de ingresos
  • Impuestos directos
  • 46.797.739,0 €  (583.505,7 €)
  • 2,0%
  • 36,7%
  • Impuesto sobre la renta
  • 2.759.776,0 €  (34.410,7 €)
  • -1,5%
  • 2,2%
  • Impuestos sobre la renta de las personas físicas
  • 2.759.776,0 €  (34.410,7 €)
  • -1,5%
  • 2,2%
  • Impuestos sobre el capital
  • 38.787.000,0 €  (483.622,4 €)
  • 2,4%
  • 30,4%
  • Impuesto sobre bienes inmuebles (de naturaleza rústica)
  • 240.000,0 €  (2.992,5 €)
  • 0,0%
  • 0,2%
  • Impuesto sobre bienes inmuebles (de naturaleza urbana)
  • 29.436.000,0 €  (367.027,8 €)
  • 1,7%
  • 23,1%
  • Impuesto sobre bienes inmuebles (de características especiales)
  • 211.000,0 €  (2.630,9 €)
  • 0,0%
  • 0,2%
  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
  • 4.160.000,0 €  (51.869,7 €)
  • 0,0%
  • 3,3%
  • Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana
  • 4.740.000,0 €  (59.101,5 €)
  • 9,5%
  • 3,7%
  • Impuesto sobre actividades económicas
  • 5.250.963,0 €  (65.472,5 €)
  • 1,4%
  • 4,1%
  • Impuesto sobre actividades económicas
  • 5.250.963,0 €  (65.472,5 €)
  • 1,4%
  • 4,1%
  • Impuestos indirectos
  • 4.499.849,0 €  (56.107,1 €)
  • -13,4%
  • 3,5%
  • Impuestos sobre el valor añadido
  • 2.276.838,0 €  (28.389,1 €)
  • -0,4%
  • 1,8%
  • Impuesto sobre el valor añadido
  • 2.276.838,0 €  (28.389,1 €)
  • -0,4%
  • 1,8%
  • Sobre consumos específicos
  • 448.011,0 €  (5.586,1 €)
  • -13,3%
  • 0,4%
  • Impuestos especiales
  • 448.011,0 €  (5.586,1 €)
  • -13,3%
  • 0,4%
  • Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas
  • 25.061,0 €  (312,5 €)
  • -23,3%
  • 0,0%
  • Impuesto sobre la cerveza
  • 7.589,0 €  (94,6 €)
  • -8,7%
  • 0,0%
  • Impuesto sobre las tareas del tabaco
  • 129.496,0 €  (1.614,6 €)
  • -18,8%
  • 0,1%
  • Impuesto sobre hidrocarburos
  • 284.933,0 €  (3.552,7 €)
  • -9,6%
  • 0,2%
  • Impuesto sobre productos intermedios
  • 932,0 €  (11,6 €)
  • -3,5%
  • 0,0%
  • Otros impuestos indirectos
  • 1.775.000,0 €  (22.131,9 €)
  • -25,9%
  • 1,4%
  • Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
  • 1.770.000,0 €  (22.069,6 €)
  • -18,8%
  • 1,4%
  • Otros impuestos indirectos
  • 5.000,0 €  (62,3 €)
  • -97,7%
  • 0,0%
  • Tasas, precios públicos y otros ingresos
  • 25.234.047,0 €  (314.635,1 €)
  • -14,3%
  • 19,8%
  • Tasas por la prestación de servicios públicos básicos
  • 9.239.000,0 €  (115.198,1 €)
  • -3,8%
  • 7,2%
  • Servicio de recogida de basura
  • 8.900.000,0 €  (110.971,2 €)
  • -4,0%
  • 7,0%
  • Otras tasas por prestación de servicios básicos
  • 339.000,0 €  (4.226,9 €)
  • 2,7%
  • 0,3%
  • Tasas por la prestación de servicios públicos de carácter social y preferente
  • 433.000,0 €  (5.398,9 €)
  • 3,1%
  • 0,3%
  • Servicios asistenciales
  • 126.000,0 €  (1.571,1 €)
  • 5,0%
  • 0,1%
  • Servicios educativos
  • 295.000,0 €  (3.678,3 €)
  • 1,7%
  • 0,2%
  • Otras tasas por prestación de servicios de carácter preferente
  • 12.000,0 €  (149,6 €)
  • 20,0%
  • 0,0%
  • Tasas por actividades de competencia local
  • 995.900,0 €  (12.417,6 €)
  • 8,2%
  • 0,8%
  • Licencias urbanísticas
  • 420.900,0 €  (5.248,1 €)
  • 5,2%
  • 0,3%
  • Cédulas de habitabilidad y licencias de primera ocupación
  • 20.000,0 €  (249,4 €)
  • 0,0%
  • 0,0%
  • Tasas por otros servicios urbanísticos
  • 10.000,0 €  (124,7 €)
  • 0,0%
  • 0,0%
  • Tasa por expedición de documentos
  • 80.000,0 €  (997,5 €)
  • 14,3%
  • 0,1%
  • Tasa por retirada de vehículos
  • 221.000,0 €  (2.755,6 €)
  • 10,5%
  • 0,2%
  • Otras tasas por actividades de competencia local
  • 244.000,0 €  (3.042,4 €)
  • 10,9%
  • 0,2%
  • Tasas por uso privativo o aprovechamiento especial del dominio público
  • 6.550.000,0 €  (81.669,8 €)
  • 4,1%
  • 5,1%
  • Tasa de estacionamiento de vehículos
  • 2.105.000,0 €  (26.246,6 €)
  • 6,3%
  • 1,7%
  • Tasa por entrada de vehículos
  • 1.845.000,0 €  (23.004,7 €)
  • 2,5%
  • 1,4%
  • Tasa por uso privativo o aprovechamiento especial por empresas explotadoras de servicios de suministros
  • 1.430.000,0 €  (17.830,2 €)
  • 0,0%
  • 1,1%
  • Tasa por uso privativo o aprovechamiento especial por empresas explotadoras de servicios de telecomunicaciones
  • 55.000,0 €  (685,8 €)
  • 0,0%
  • 0,0%
  • Tasa por ocupación de la vía pública con terrazas
  • 240.000,0 €  (2.992,5 €)
  • 6,7%
  • 0,2%
  • Compensación de Telefónica de España, S.A.
  • 170.000,0 €  (2.119,7 €)
  • 13,3%
  • 0,1%
  • Otras tasas por uso privativo del dominio público
  • 705.000,0 €  (8.790,4 €)
  • 7,6%
  • 0,6%
  • Precios públicos
  • 386.000,0 €  (4.812,9 €)
  • -4,9%
  • 0,3%
  • Servicios educativos
  • 295.000,0 €  (3.678,3 €)
  • -6,3%
  • 0,2%
  • Servicios deportivos
  • 90.000,0 €  (1.122,2 €)
  • 0,0%
  • 0,1%
  • Otros precios públicos
  • 1.000,0 €  (12,5 €)
  • 0,0%
  • 0,0%
  • Contribuciones especiales
  • 474.059,0 €  (5.910,9 €)
  • -33,6%
  • 0,4%
  • Para la ejecución de obras
  • 474.059,0 €  (5.910,9 €)
  • -33,6%
  • 0,4%
  • Ventas
  • 96.000,0 €  (1.197,0 €)
  • 152,6%
  • 0,1%
  • Reintegros de operaciones corrientes
  • 150.000,0 €  (1.870,3 €)
  • 36,4%
  • 0,1%
  • Otros reintegros de operaciones corrientes
  • 150.000,0 €  (1.870,3 €)
  • 36,4%
  • 0,1%
  • Otros ingresos
  • 6.910.088,0 €  (86.159,6 €)
  • -36,9%
  • 5,4%
  • Multas
  • 3.093.000,0 €  (38.565,6 €)
  • 1,0%
  • 2,4%
  • Multas por infracciones urbanísticas
  • 65.000,0 €  (810,5 €)
  • 0,0%
  • 0,1%
  • Multas por infracciones tributarias y análogas
  • 150.000,0 €  (1.870,3 €)
  • 0,0%
  • 0,1%
  • Multas por infracciones de la ordenanza de circulación
  • 2.540.000,0 €  (31.670,4 €)
  • 0,8%
  • 2,0%
  • Otras multas y sanciones
  • 210.000,0 €  (2.618,4 €)
  • -36,0%
  • 0,2%
  • Recargos del período ejecutivo y por declaración extemporánea sin requerimiento previo
  • 575.150,0 €  (7.171,4 €)
  • -4,9%
  • 0,5%
  • Recargo por declaración extemporánea sin requerimiento previo
  • 15.000,0 €  (187,0 €)
  • 0,0%
  • 0,0%
  • Recargo ejecutivo
  • 100,0 €  (1,2 €)
  • -98,0%
  • 0,0%
  • Intereses de demora
  • 250.000,0 €  (3.117,2 €)
  • 0,0%
  • 0,2%
  • Ingresos por actuaciones de urbanización
  • 1.839.938,0 €  (22.941,6 €)
  • -68,6%
  • 1,4%
  • Cuotas de urbanización
  • 1.839.938,0 €  (22.941,6 €)
  • -68,6%
  • 1,4%
  • Otros ingresos diversos
  • 1.152.000,0 €  (14.363,9 €)
  • -1,5%
  • 0,9%
  • Transferencias corrientes
  • 37.070.928,0 €  (462.225,3 €)
  • 13,0%
  • 29,1%
  • De la Administración del Estado
  • 24.490.591,0 €  (305.365,2 €)
  • 21,4%
  • 19,2%
  • De la Administración general del Estado
  • 24.490.591,0 €  (305.365,2 €)
  • 21,4%
  • 19,2%
  • Fondo Complementario de Financiación
  • 24.427.291,0 €  (304.575,9 €)
  • 21,4%
  • 19,2%
  • De comunidades autónomas
  • 9.714.734,0 €  (121.129,8 €)
  • 5,6%
  • 7,6%
  • De la administración general de las comunidades autónomas
  • 9.614.181,0 €  (119.876,1 €)
  • 7,0%
  • 7,5%
  • Fondo de Cooperación Local de Cataluña (FCLC)
  • 491.955,0 €  (6.134,0 €)
  • 0,0%
  • 0,4%
  • Transferencias corrientes en cumplimiento de convenios con la comunidad autónoma sobre servicios sociales y políticas de igualdad
  • 4.402.574,0 €  (54.894,3 €)
  • 12,3%
  • 3,5%
  • Transferencias corrientes en cumplimiento de convenios con la comunidad autónoma en materia de educación
  • 1.639.322,0 €  (20.440,2 €)
  • 3,4%
  • 1,3%
  • Transferencias corrientes en cumplimiento de convenios con la comunidad autónoma sobre empleo y desarrollo local
  • 2.752.330,0 €  (34.317,9 €)
  • 4,1%
  • 2,2%
  • Otras subvenciones corrientes de la Administración general de la comunidad autónoma
  • 50.000,0 €  (623,4 €)
  • -85,6%
  • 0,0%
  • De organismos autónomos y agencias de las comunidades autónomas
  • 100.553,0 €  (1.253,8 €)
  • -53,2%
  • 0,1%
  • De entidades locales
  • 2.719.106,0 €  (33.903,6 €)
  • -11,2%
  • 2,1%
  • De diputaciones, consejos o cabildos
  • 2.667.900,0 €  (33.265,2 €)
  • -12,8%
  • 2,1%
  • De comarcas
  • 51.206,0 €  (638,5 €)
  • 1.363,0%
  • 0,0%
  • Del exterior
  • 146.497,0 €  (1.826,6 €)
  • -59,9%
  • 0,1%
  • Del Fondo social europeo
  • 35.372,0 €  (441,0 €)
  • 0,0%
  • Otras transferencias de la Unión Europea
  • 111.125,0 €  (1.385,6 €)
  • -69,6%
  • 0,1%
  • Ingresos patrimoniales
  • 1.258.000,0 €  (15.685,6 €)
  • 14,7%
  • 1,0%
  • Intereses de depósitos
  • 800.000,0 €  (9.974,9 €)
  • 14,3%
  • 0,6%
  • Rentas de bienes inmuebles
  • 206.000,0 €  (2.568,5 €)
  • 24,8%
  • 0,2%
  • Arrendamientos de fincas urbanas
  • 206.000,0 €  (2.568,5 €)
  • 24,8%
  • 0,2%
  • Productos de concesiones y aprovechamientos especiales
  • 252.000,0 €  (3.142,1 €)
  • 8,6%
  • 0,2%
  • De concesiones administrativas con contraprestación periódica
  • 251.000,0 €  (3.129,6 €)
  • 8,7%
  • 0,2%
  • Derecho de superficie con contraprestación periódica
  • 1.000,0 €  (12,5 €)
  • 0,0%
  • 0,0%
  • Enajenación de inversiones reales
  • 0,0 € 
  • 0,0%
  • 0,0%
  • Transferencias de capital
  • 1.100.810,0 €  (13.725,6 €)
  • -83,2%
  • 0,9%
  • De comunidades autónomas
  • 853.667,0 €  (10.644,1 €)
  • 22,4%
  • 0,7%
  • De la administración general de las comunidades autónomas
  • 853.667,0 €  (10.644,1 €)
  • 22,4%
  • 0,7%
  • De familias e instituciones sin ánimo de lucro
  • 247.143,0 €  (3.081,5 €)
  • 0,2%
  • Activos financieros
  • 229.438,0 €  (2.860,8 €)
  • 0,2%
  • Reintegro de préstamos de fuera del sector público
  • 39.438,0 €  (491,7 €)
  • 0,0%
  • Reintegro de préstamos fuera del sector público a corto plazo
  • 39.438,0 €  (491,7 €)
  • 0,0%
  • Remanente de tesorería
  • 190.000,0 €  (2.369,0 €)
  • 0,1%
  • Remanente de tesorería
  • 190.000,0 €  (2.369,0 €)
  • 0,1%
  • Para gastos con financiación afectada
  • 190.000,0 €  (2.369,0 €)
  • 0,1%
  • Pasivos financieros
  • 11.292.963,0 €  (140.808,3 €)
  • -20,3%
  • 8,9%
  • Préstamos recibidos en euros
  • 11.292.963,0 €  (140.808,3 €)
  • -20,3%
  • 8,9%
  • Préstamos recibidos a largo plazo de entes fuera del sector público
  • 11.292.963,0 €  (140.808,3 €)
  • -20,3%
  • 8,9%
Partida
Cantidad ejecutada (% del presupuesto)
  • Cuando se disponga de datos de ejecución del primer trimestre, se mostrarán las cifras
  • 0,0 € 
Partida
Cantidad ejecutada (% del presupuesto)
  • Cuando se disponga de datos de ejecución del primer trimestre, se mostrarán las cifras
  • 0,0 € 
Familias

Se prevén las siguientes medidas fiscales:

  • Una bonificación del 10% al 90% en el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) para las propiedades que sirvan de residencia habitual a los contribuyentes que sean cabezas de familias numerosas.
  • Tarifa reducida por la recogida de residuos para los residentes cuyos ingresos no superen el umbral establecido en el documento sobre tarifas sociales.
  • Bonificaciones de entre el 30% y el 80% en las tasas de los servicios educativos, de acuerdo con los criterios de tarifación social.
  • Una concesión de entre el 10% y el 90% de la tasa por uso especial de la vía pública con acceso y salida de vehículos (puertas) para la reserva de plazas de aparcamiento para personas con movilidad reducida, de acuerdo con los criterios de tarifación social.
  • Bonificación del 90% del impuesto sobre la construcción, las instalaciones y las obras (ICIO) para las obras que mejoren el acceso y la habitabilidad de las personas con discapacidad.
  • Desgravación del 70% al 95% del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de uso urbano (IIVTNU) por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente a un familiar de primer grado.
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Vivienda protegida

Se prevén las siguientes medidas fiscales:

  • Un descuento del 50% en el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) para viviendas sociales durante tres años.
  • Bonificación del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) para viviendas de alquiler social.
  • Bonificación del impuesto sobre la construcción, instalaciones y obras (ICIO) para viviendas sociales.
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Obras

Se prevén las siguientes medidas fiscales:

  • Bonificaciones de entre el 40% y el 95% en el impuesto sobre la construcción, las instalaciones y las obras (ICIO) para las obras declaradas de especial interés o utilidad municipal.
  • Bonificaciones en el impuesto sobre la construcción, instalaciones y obras (ICIO) para planes de fomento de la inversión privada en infraestructuras.
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Vehículos ecológicos

Se prevén las siguientes medidas fiscales:

  • 75% de descuento en el impuesto sobre vehículos de motor (IVTM) para los vehículos eléctricos.
  • 50% de descuento en el impuesto sobre vehículos de motor (IVTM) para los vehículos híbridos enchufables y los que tengan la etiqueta ECO.
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Eficiencia energética y reciclaje

Se prevén las siguientes medidas fiscales:

  • Una bonificación del 50% en el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) durante cuatro años para las propiedades en las que se instalen sistemas de energía solar.
  • Bonificación del 95% en el impuesto sobre la construcción, instalación y obras (ICIO) para obras que incorporen sistemas de aprovechamiento de energía solar.
  • 10% de descuento en la tasa de recogida de residuos para los hogares que realicen compostaje doméstico.
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Actividades económicas

Se prevén las siguientes medidas fiscales:

  • Descuento del 25% en el impuesto sobre actividades económicas (IAE) para los contribuyentes que inicien su actividad empresarial, durante los cinco ejercicios fiscales siguientes al final de la exención.
  • 20% de bonificación en el impuesto sobre actividades económicas (IAE) por la creación de empleo.
  • Una bonificación del 10% en el impuesto de actividades económicas (IAE) para las empresas que establezcan un plan de transporte para sus empleados.
  • Deducción del impuesto sobre actividades económicas (IAE) por ingresos netos negativos o mínimos.
  • Reducción del 50% en el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) para los inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas declaradas de especial interés o utilidad municipal.
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